ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines...

46
ANÁLISIS JURÍDICO DE LA EXPROPIACIÓN. CASO: INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

Transcript of ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines...

Page 1: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA EXPROPIACIÓN. CASO: INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

Page 2: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

COORDINACIÓN DE PASANTÍA Y TRABAJO DE GRADO

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA EXPROPIACIÓN. CASO: INSTITU TO DE

FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

INSTITUCIÓN: INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

AUTOR: SEIJAS, IVAN C.I: 11.813.056

SAN DIEGO, SEPTIEMBRE 2014

Page 3: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

COORDINACIÓN DE PASANTÍA Y TRABAJO DE GRADO

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA EXPROPIACIÓN. CASO: INSTITU TO DE

FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

CONSTANCIA DE ACEPTACION

______________________________________________ Firma y sello del Tutor Académico ______________________________________________ Firma y sello del Tutor Institucional ______________________________________________ Firma y sello del Tutor Metodológico

AUTOR: SEIJAS, IVAN C.I: 11.813.056

SAN DIEGO, SEPTIEMBRE 2014

Page 4: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

DEDICATORIA

Dedico este Informe de Pasantía:

A Dios, primeramente por brindarme la oportunidad y la dicha de vida,

protegerme y guiarme cada día de mi existencia, llenándome de fuerzas, valor y fe

para continuar siempre mis metas.

A mis padres, por demostrarme siempre su amor, apoyo, comprensión y

motivación en cada paso que doy, en darme mil consejos para que tenga plena fe en

que todo se puede lograr, luchando a mi lado, sus sabias palabras nunca las olvido

porque son la guía perfecta para que un hijo se sienta orgulloso y digno de recibirlas.

Page 5: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

AGRADECIMIENTO

A mi Tutora Institucional, por su grandiosa colaboración y asesoría en la

realización del presente Informe de Pasantías.

A mí Tutora Académica, por sus recomendaciones, su receptividad y por dar

siempre un consejo sabio cuando necesite de él durante la realización del informe y

por ser profesor en esta prestigiosa Universidad.

A la Tutora Metodológica, por sus clases de metodología impartidas a nosotros

sus alumnos.

A quienes fueron mis profesores en la Universidad José Antonio Páez, por sus

enseñanzas a lo largo de mi carrera.

Page 6: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

ÍNDICE GENERAL

p.p DEDICATORIA ……………………………………………………………….. AGRADECIMIENTO …………………………………………………………

iv v

RESUMEN INFORMATIVO …………………………………………………. viii INTRODUCCIÓN............................................................................................... 1

CAPÍTULOS I. LA INSTITUCIÓN ………………………………………………….….. 3 1.1. Nombre …………………………………………………..…… 3 1.2. Misión ……………………..…………………………………. 3 1.3. Visión ………………………………………………………….. 3 1.4. Objetivos ……………………………………………………….. 3 1.5. Valores ………………………………………………………… 4 1.6. Organigrama …………………………………………………… 5 1.7. Actividades realizadas durante el período de Pasantías ……….. 5

II. EL PROBLEMA ………………………………………………….….. 6 2.1. Planteamiento del Problema ........................................................ 6 2.2. Formulación del Problema ……………………………………... 9 2.3. Objetivos de la investigación ....................................................... 9 2.3.1. Objetivo General ................................................................ 9 2.3.2. Objetivos Específicos ......................................................... 9 2.4. Justificación de la Investigación .......................................... 9 2.5. Alcance ……………………………………………………….. 10 2.6. Limitaciones………………………………………..………… 11

III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL …………………….….. 12 3.1. Antecedentes de la Investigación ……………............................. 12 3.2. Bases Teóricas.............................................................................. 13 3.3. Bases Legales ………………………………………………….. 15 3.4. Definición de Términos Básicos .................................................. 19

IV. FASES METODOLÓGICAS ………………………..………………. 23 4.1. Tipo de Investigación …...………………..………………….. 23 4.2. Diseño de la Investigación …………………………………... 26 4.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos …………… 28

Page 7: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

4.4. Técnicas para el Análisis de la Información …………………. 29 4.5. Fases metodológicas …………………………………………. 31 V. RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ….. 32 5.1. Resultados …………………………………………………….. 32 5.1. Conclusiones ……………………………………………..……. 34 5.2. Recomendaciones ……………………………………………… 35 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ………………………………………… 37

Page 8: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JÓSE ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

COORDINACIÓN DE PASANTÍA Y TRABAJO DE GRADO

ANÁLISIS JURÍDICO DE LA EXPROPIACIÓN. CASO: INSTITU TO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE)

Autor: Ivan Seijas Fecha: Septiembre, 2014

RESUMEN INFORMATIVO

El presente Informe de Pasantías tiene como objetivo analizar el procedimiento legal de la expropiación por causa de utilidad pública e interés social frente a la seguridad jurídica y económica del derecho de propiedad a tenor de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La presente investigación es de tipo documental y corresponde al diseño no experimental, en el área descriptiva, para cuya realización y análisis, fue necesario la utilización del método de la observación, se analiza y compara cual es la incidencia del procedimiento de expropiación por causa de utilidad pública o social, que genera más beneficios al Instituto de Ferrocarriles del Estado, Tramo Puerto Cabello, La Encrucijada, atendiendo a los principios que establece la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social y la Constitución de la República alzándose como instrumento de armonización entre los intereses particulares y generales. Por consiguiente esta investigación adopta el diseño bibliográfico documental; ya que es un proceso basado en la búsqueda, recuperación, análisis, crítica e interpretación de datos secundarios, obtenidos y registrados por otros investigadores sobre la figura jurídica de la expropiación por causa de utilidad pública o social.

Descriptores: Expropiación, Causa, Afectado, Utilidad Pública, Interés Social, Instituto de Ferrocarriles del Estado, Derecho Público, Derecho Administrativo.

Page 9: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

INTRODUCCIÓN

En los últimos años han sido constantes la invocación por el estado venezolano

la declaración de utilidad pública, es por esto, que la expropiación, como toda

Institución de Derecho Público, debe ser analizada en su estructura procedimental

con miras a determinar la fase que brinde mayores beneficio al Instituto de

Ferrocarriles del Estado, por tal motivo se hace necesaria una comprensión integral,

que permita comparar sus fundamentos, así como, los objetivos que se persiguen con

la implementación de este procedimiento, a los fines de cumplir con la garantía

establecida en la Constitución y la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad

Pública o Social, alzándose como instrumento de armonización entre los intereses

particulares y generales.

La Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social, otorga al

Ejecutivo mayor facilidad para expropiar y ocupar bienes y servicios que considere

de “utilidad pública”, amplía las categorías de establecimientos susceptibles de ser

expropiados. Además, la Ley faculta al Ejecutivo para adoptar la medida de

ocupación, operatividad temporal e incautación mientras dure el procedimiento

expropiatorio.

La acción del Estado se amplía a todo tipo de bienes y servicios relacionados

con las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte,

distribución y comercialización. De igual forma, apoyándose en artículo 14 de la Ley

de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social, se omite el requisito por

excepción, que la Asamblea Nacional apruebe la declaratoria de utilidad pública, en

las contracciones de ferrocarriles, carreteras, autopistas, sistemas de transporte

subterráneos o superficial, y, muchos otras áreas de interés, que podrá determinarlo

directamente el Ejecutivo. Las expropiaciones en Venezuela datan desde los años 2

1800, cuando los conquistadores controlaban las disposiciones legales con respecto a

la propiedad

Page 10: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Por épocas el problema ha tomado mayor importancia, se ve reflejado en las

páginas de los diarios de circulación nacional y lo viven cantidades de personas,

desde los propietarios de las tierras, productores, inversionistas, trabajadores,

familias hasta el efecto que causa en los consumidores.

El tema de expropiación tiene un marco legal basado primeramente en la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y seguida por la Ley de

Tierras y Desarrollo Agrario, Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o

Social, Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas,

Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización Integral de la

Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos, Decreto con

Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos y Ley de Geografía,

Cartografía y Catastro Nacional.

Page 11: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

CAPÍTULO I

LA INSTITUCIÓN

1.1 Nombre

Instituto de Ferrocarriles del Estado (IFE).

1.2 Misión

Somos el órgano ejecutor y regulador del Sistema de Transporte Ferroviario

Nacional, dedicados a su estudio, construcción, ampliación, operación,

mantenimiento y explotación integral, en armonía con el medio ambiente con

vocación de servicio público y de mejoramiento continuo; garantizando que el

servicio de transporte de pasajeros y de carga se realice conforme con los estándares

internacionales de eficiencia, calidad y seguridad.

1.3 Visión

Llegar a ser una Institución modelo en la prestación del servicio de transporte

ferroviario tanto público como privado, comprometidos con la integración nacional y

latinoamericana, ampliamente reconocidos por el uso de tecnología de vanguardia

para ofrecer en el tiempo y calidad esperada un servicio de transporte moderno,

rápido, seguro y solidario, contribuyendo con la desconcentración territorial y el

desarrollo económico y social del país.

1.4 Objetivos

− Formular políticas y estrategias, planes y programas que orienten, en el corto,

Page 12: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

mediano y largo plazo, el desarrollo del Sistema de Transporte Ferroviario Nacional

y realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución.

− Desarrollar y consolidar las normas y procedimientos para la construcción,

operación y explotación del Sistema de Transporte Ferroviario Nacional.

− Construir, rehabilitar y mejorar las infraestructuras, superestructuras,

instalaciones, equipos y sistemas que conforman el Sistema de Transporte

Ferroviario Nacional, inspeccionar y controlar la calidad de las obras e instalaciones.

− Explotar, operar y mantener el Sistema de Transporte Ferroviario Nacional y

garantizar el servicio de transporte de personas y carga en condiciones de excelente

calidad, seguridad y satisfacción para clientes y usuarios.

− Fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de

Transporte Ferroviario Nacional, Normas y Procedimientos y otros instrumentos

regulatorios de la construcción, explotación y operación del Sistema de Transporte

Ferroviario Nacional, instruir expedientes e imponer las sanciones previstas por la

violación de las disposiciones legales.

1.5 Valores

El conjunto de valores que regirán las conductas diarias de cada uno de los

miembros del Instituto están ajustados a los principios establecidos en la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

− Lealtad: Sentir orgullo por lo que se hace, por el Instituto y por el país,

manteniendo una actitud leal y de defensa de los intereses del IFE y de la Nación

Venezolana.

− Responsabilidad: Cumplir con los compromisos en la oportunidad y

condiciones acordadas

− Honestidad: Ejecutar transacciones comerciales dentro de lo establecido en las

leyes, políticas y normas establecidas, guiándose por parámetros de calidad de los

productos, servicios y tarifas competitivas, que beneficien a ambas partes.

Page 13: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

− Trabajo en equipo: Fomentar la conformación de equipos de trabajo bien

cohesionados en los que cada miembro se sienta parte importante en el logro de los

objetivos comunes.

1.6 Organigrama

Figura 1.

Fuente: La Organización (2014).

1.7 Actividades Realizadas durante el período de Pasantías

− Revisión de los expedientes pertenecientes a los afectados que van a ser

expropiados por el Ife.

− Realización de títulos supletorios a los afectados.

− Inspecciones de tierras con amenazas de invasión.

− Organización de expedientes de los afectados en sus archivos correspondientes.

− Inducción del tutor externo con respecto al funcionamiento del instituto.

− Foliatura de expedientes.

− Visita a los vagones del ferrocarril, tramo C1.

Page 14: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

CAPÍTULO II

EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema

En Venezuela el derecho de propiedad según Badell (2002), se analiza en dos

etapas claramente influenciadas por las corrientes doctrinarias que, en un principio,

consideraron a la propiedad como un derecho absoluto e ilimitado. Por esto la

primera etapa se extiende desde 1811 a 1914 donde los textos constitucionales

consagraron la propiedad como un derecho absoluto sujeto solamente a concretas

restricciones legales (expropiación). Entre las cuales se debe mencionar la

Constitución Federal Para Los Estados Venezolanos del 21 de Diciembre de 1811

que estableció:

Ninguno podrá ser privado de la menor porción de su propiedad, ni ésta será

aplicada a usos públicos, sin su propio consentimiento, o el del cuerpo legislativo;

cuando alguna institución pública tenga la necesidad legalmente comprobada de

exigir que la propiedad de algún ciudadano se aplique a uso semejantes, la condición

de una justa compensación debe presuponerse.

Por lo que antecede se evidencia que esta regulación se mantuvo, salvo ligeras

modificaciones en las Constituciones de 1857 y 1858 con la particularidad de que, en

la primera de ellas (1857), se destacó el carácter inviolable de la propiedad de los

ciudadanos.

Es por eso que en la segunda etapa que se extiende desde 1914 hasta el

presente se consagra la propiedad como un derecho que, por virtud de su función

social, busca el interés general de la colectividad. Por lo cual esta sujeta a las

Page 15: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés

social, debido al surgimiento del Estado de derecho que reforzó aún más el aspecto

garantista de la expropiación.

Por su parte, Lunar (2003) estableció que por influjo del estado social se

amplió su contenido más allá de la simple enajenación forzosa de la propiedad de

inmueble hasta incluir la responsabilidad del Estado por los daños causados por las

llamadas mutilaciones de derechos patrimoniales, o limitaciones expropiatorias

innovativas de situaciones jurídicas de los administrados.

Pero no fue sino hasta la Constitución de 1936 que se le dio por primera vez

rango constitucional a la expropiación como una de las limitaciones a la que podría

quedar sujeta la propiedad en aras del interés general. Lo cual se evidencia en la

Constitución de 1947 donde se reconoció por primera vez en el ordenamiento

jurídico la Función Social, de la propiedad la cual estaría sometida a las

contribuciones, restricciones y obligaciones que estableciera la ley con fines de

utilidad pública o interés general (artículo 65 de la constitución de 1947). Por ende es

que está norma fue reproducida en forma similar en la constitución de 1953 y

recogida finalmente en la constitución de 1961, que estableció:

Se garantiza el derecho de propiedad. (sic) En virtud de la función social, (sic)

la propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que

establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés social (artículo 99).

No obstante la Constitución de 1961 consagró un derecho de propiedad afectado a

una función social que tenía que cumplir; debido a que la propiedad dejaba de ser

absoluta ya que ningún derecho reconocido jurídicamente en el texto constitucional

podía revestir tal carácter. Por lo cual el derecho de propiedad no se concibe como

perpetuo, sino más bien como un derecho potencialmente precario, ya que por causa

de utilidad pública o razones sociales, puede el Estado extinguirlo sin perjuicio de la

correspondiente indemnización pecuniaria.

Por lo anteriormente expuesto es que la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela del año 1999 (CRBV) mantiene la regulación del derecho

Page 16: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

de propiedad en forma prácticamente idéntica a la prevista en la Constitución de

1961. Debido a que Etimológicamente la palabra expropiación significa privación de

la propiedad pero la doctrina ha expresado según Badell (2002); lo siguiente:

...si apropiación (en latín apropriatio, de ad y propriatio) significa el acto de apoderarse de una cosa, de aprehender, de entrar en conexión y contacto con ella, estableciendo la relación de propiedad que, al ser disciplinada por el derecho objetivo, se desdobla en facultades y atribuciones de goce y disposición para el titular (sic) para el dueño, y en deberes de abstención para los demás; expropiación (de las latinas, ex, fuera, y propriatio) significa la extinción de esa relación, la decadencia de ese poder y anulación de esas facultades y atribuciones. Apropiación es ocupación y toma de posesión con el alcance en (sic) su caso de adquisición del dominio; expropiación es desposesión, pérdida, privación o extinción del dominio.

La expropiación es una de las potestades fundamentales de todo Estado, el

suprimir legítimamente la propiedad a nombre de un interés que se considera

superior es lo más importante. Siguiendo a los clásicos de la filosofía política, el

momento de la constitución de la propiedad es el mismo que el de la fundación del

Estado, cada vez que una propiedad es suprimida desde el Estado, una porción de

este mismo se regenera.

Desde una mirada sociológica, si la propiedad tiene el carácter de una

estructura social, la expropiación es un momento de rediseño o, de reestructuración

social, en el que unos propietarios son reemplazados por otros. Desde donde se le

mire, la expropiación reactiva la titularidad y de ahí la importancia de comprender

cabalmente sus transformaciones.

En el Instituto de Ferrocarriles del Estado, tramo Puerto Cabello La

Encrucijada, ubicado en el campamento San Diego, se llevan a cabo los actividades

iniciales que una vez cumplidos los requisitos se convertirán en Procesos

expropiatorios de Bienes Inmuebles que propiciaran el desarrollo del Plan

Ferroviario Nacional, todo esto bajo el imperio constitucional y siguiendo los

lineamientos establecidos por la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública

Page 17: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

o Social.

2.2 Formulación del Problema.

Al analizar el problema presentado, se procederá a realizar la siguiente

interrogante: ¿Cuál es el procedimiento legal de la expropiación por causa de utilidad

pública e interés social frente a la seguridad jurídica y económica del derecho de

propiedad a tenor de la Constitución de la Republicas Bolivariana de Venezuela

(CRBV)?

2.3 Objetivos de la Investigación

2.3.1 Objetivo General

Analizar el procedimiento legal de la expropiación por causa de utilidad

pública e interés social frente a la seguridad jurídica y económica del derecho de

propiedad a tenor de la Constitución de la Republicas Bolivariana de Venezuela

(CRBV).

2.3.2 Objetivos Específicos

- Describir el alcance de la figura de la expropiación por causa de utilidad pública

e interés social en el derecho de propiedad según la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

- Identificar los aspectos de seguridad jurídica y económica que tiene el sujeto

afectado por la expropiación según la CRBV.

- Determinar las ventajas y desventajas de la expropiación por causa de utilidad

pública e interés social en el derecho de propiedad en Venezuela.

2.4 Justificación de la Investigación

Es necesario conocer la figura de la expropiación, ya que ella aporta beneficios

al interés general del país cuando es bien utilizada esto se evidencia con la

Page 18: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

construcciones habitacionales, creaciones de vías, de transportes tanto subterráneo

como superficial. Pero el sacrificio de la propiedad debe ser el menor posible en

detrimento de la sociedad, por esto se debe tomar las previsiones pertinentes para

evitar que se pueda generar un perjuicio al equilibrio patrimonial del sujeto

expropiado; pues en la actualidad la figura de la expropiación ha tenido un gran auge.

Esto se evidencia con las expropiaciones que han realizado la alcaldía mayor

de Caracas (El caso más sonado los campos de golf), lo cual ha traído como

resultado que la figura de la expropiación sea confundida con la confiscación (puede

ser por desconocimiento) pero se hace necesario destacar que la expropiación

requiere de una justa indemnización y la confiscación no genera derecho alguno de

reclamación por parte del afectado ya que estos bienes son derivados de actividades

ilícitas (corrupción, droga).

Por esto el informe busca, mediante la aplicación de aspectos, teorías,

establecer los diferentes puntos de vista que tiene cada escuela, referente al tema de

expropiación; debido a que dichas diferencias permitirán establecer el desarrollo que

tiene la figura jurídica de la expropiación en el tiempo, por esto se utiliza en esta

investigación diferentes autores que tratan este tema; tanto a nivel nacional como

internacional con el objetivo de analizar el procedimiento de la expropiación por

causa de utilidad pública e interés social frente a la seguridad jurídica y económica

del derecho de propiedad.

Por consiguiente el aporte principal de está investigación es generar una

plataforma de conocimientos jurídicos sobre el tema de investigación para que los

sujetos que se encuentren en un proceso expropiatorio por causa de utilidad pública e

interés social obtenga un proceso ajustado a derecho.

2.5 Alcance

Debe señalarse que, con ésta investigación se beneficiarán las personas que

sufren esta problemática jurídica, las comunidades y sociedad en general, poniendo

en práctica los conocimientos legales que ayudarán al desarrollo integral de la

Page 19: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

expropiación por causa de utilidad pública e interés social frente a la seguridad

jurídica y económica del derecho de propiedad a tenor de la CRBV. Se cumplirá con

el objetivo de determinar el Ordenamiento Jurídico para la fijación de los

presupuestos para la expropiación, con el propósito de proponer lineamientos

jurídicos, para que los ciudadanos conozcan la normativa legal vigente.

2.6 Limitaciones

Dentro de este orden de ideas, la limitante de mayor peso es el tiempo

estipulado para la revisión bibliográfica y recaudar toda la información y su

respectivo análisis para la presentación de los datos y de esta forma presentar los

resultados, las conclusiones y las recomendaciones respectivas. De igual forma la

falta de bibliografía para consulta de la población estudiantil que necesitan de una

orientación profesional y ética para la realización del informe de pasantías como

requisito parcial para obtener el título de Abogado.

Page 20: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

CAPÍTULO III

MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL

Se trata de un proceso mediante el cual se realizara un análisis de la situación

presentada, para luego exponer las teorías y antecedentes que se relacionen con el

estudio propuesto a través de una revisión bibliográfica, trabajos de investigación y

leyes que sustenten el tema a indagar. La línea de investigación será documental,

descriptiva, estructurada de la siguiente manera: a) antecedentes de la investigación;

b) bases teóricas; c) bases legales d) definición de términos básicos.

3.1 Antecedentes de la Investigación

Borges (2006), en su ponencia titulada ¿Por Qué A Través De Mi Terreno?

Que trato como objetivo principal los procedimientos expropiatorios y establece que

la expropiación es una institución de derecho público mediante el cual el Estado

actúa en beneficio de una causa de utilidad pública o de interés social, con la

finalidad de obtener la transferencia forzosa del derecho de propiedad o algún otro

derecho de los particulares, a su patrimonio, mediante sentencia firme y pago

oportuno de justa indemnización.

Alcalá (2005), en su ponencia titulada “Miedo a ser propietario” que trató

como objetivo principal las violaciones actuales al proceso judicial en las

expropiaciones. La expropiación por causa de utilidad pública o social, expresa en su

resumen que más allá de tratarse de un tema que se encuentra en el tapete de

la discusión política en la sociedad venezolana, la expropiación, como toda

institución de Derecho Público, reviste un profundo interés para la ciudadanía. Solo u

Page 21: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

un conocimiento cabal y una comprensión integral, por parte de los ciudadanos

en general y de los órganos de la administración en particular, de los

fundamentos y objetivos perseguidos con esta institución garantice el alcance de los

fines.

3.2 Bases Teóricas

La definición de expropiación que da Lares (2001), es la siguiente: “La

institución de derecho público, en virtud de la cual la administración con fines de

utilidad pública o social, adquiere coactivamente bienes pertenecientes a los

administrados, conforme al procedimiento determinado en las leyes y mediante el

pago de la justa indemnización”.

Por lo anteriormente descrito cabe de destacar que se considera obras de

utilidad pública según la Ley de Expropiación por causa de Utilidad Pública o Social

(LECUPS del año 2002) lo siguiente:

Se considerarán como obras de utilidad pública, las que tengan por objeto directo proporcionar a la República en general, a uno o más estados o territorios, a uno o más municipios, cualesquiera usos o mejoras que procuren el beneficio común, bien sea ejecutadas por cuenta de la República, de los estados, del Distrito Capital, de los municipios, institutos autónomos, particulares o empresas debidamente autorizadas (artículo 3).

Por ende, de la tesis de la tutela efectiva de los derechos de los administrados

se desprende que la norma del artículo 115 de la CRBV consagra dos grandes grupos

de garantías para el sujeto expropiado, en primer lugar las garantías procésales donde

el procedimiento expropiatorio es el trámite legalmente establecido para hacer,

efectiva la expropiación, mediante la transferencia del derecho real de propiedad del

bien expropiado.

Pero la necesidad de que exista un procedimiento legal no deriva directamente

del articulo 115 de la constitución, según Badell (2002) ello deviene de la regulación

hecha por el artículo 156, numeral 32 ejeusdem, que declara materia de la Reserva

Page 22: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Legal Formal Nacional lo relativo a la expropiación, debido a que la propiedad es

una garantía constitucional y es natural que todo lo relativo a sus limitaciones sea

regulado en un instrumento de rango legal, sin embargo el imperio del principio de

legalidad administrativa impide a la administración el establecimiento o la

modificación del procedimiento legalmente establecido.

Por lo tanto es necesario resaltar que el derecho de propiedad cede

irremediablemente ante la acción del instituto expropiatorio por lo que hace

indispensable procurar la intervención de los tres poderes públicos a objeto de

garantizar el respeto del interés individual que va a ser sacrificado en aras del interés

colectivo. Lo que da origen a que se desprenda del procedimiento expropiatorio tres

fases como son: la legislativa, la administrativa y la judicial debido a que la

jurisprudencia ha entendido que la existencia del procedimiento expropiatorio

constituye la garantía principal del instituto expropiatorio, pues el ente público sólo

podrá expropiar siguiendo los trámites formales establecidos, conforme al principio

de legalidad. Debido a que el Tribunal Supremo de Justicia, tiende a proteger, por un

lado, los intereses de los particulares afectados y, por otro los intereses del ente

público expropiante, el cual tendrá la seguridad de que el bien expropiado estará libre

de todo vicio, riesgo o gravamen.

En cuanto al segundo grupo de garantías patrimoniales para los sujetos

expropiados según Socorro y Loiza (2001) establece que se evidencia que se podría

generar un problema en cuanto al pago (indemnización) debido a que la Constitución

de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999 no señala expresamente el

momento en que debe efectuarse ya que solamente se limita a indicar en su articulo

115 que la expropiación procede mediante sentencia firme y pago oportuno de justa

indemnización.

Por ende no refleja las posibles causas que deben ser tomadas en cuenta como

son: La depreciación del signo monetario mediante el cual va a ser pagada la

indemnización, así como el impacto de otros elementos tales como, el aumento del

costo de la vida y los índices de inflación que necesariamente tienen incidencia en

Page 23: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

dicho monto. Debido a que no se puede concebir una indemnización justa que no

atienda a dichos elementos, ya que traería como posibles consecuencias que se atente

contra el principio de mantenimiento del equilibrio patrimonial del sujeto afectado,

inherente al instituto expropiatorio.

Por lo cual, López (2000), establece que en la jurisprudencia española se

realiza la fijación de la indemnización que constituye, el problema capital de una ley

de expropiación (p. 37). No obstante González (2006), presume que la justa

indemnización por la figura jurídica de la expropiación es una caricatura de

“justiprecio” debido a que los atentados más graves al derecho de propiedad se han

producido a la hora de determinar el justiprecio y regular el procedimiento de pago,

ya que se trata de elementos cuya observancia ha sido puesto de relieve tanto por la

doctrina como por la jurisprudencia (Por ende se debe de destacar que la

jurisprudencia Francesa de hoy, según Morand-Deviller (2003) sólo retiene tres

causales de ilegalidad de la expropiación, siendo ella un interés financiero exclusivo,

un interés privado exclusivo o la voluntad de contravenir la cosa juzgada.

De lo anteriormente descrito, se desprende que esta situación parece

profundizarse por la poca claridad en la técnica legislativa que se empleo en el

artículo 115; lo cual denota un conocimiento superficial de la materia objeto de

estudio que podría traer como consecuencia desequilibrio patrimonial del sujeto

afectado y una falla en la seguridad jurídica del sujeto que esta siendo expropiado y

que fue expropiado (retrocesión).

3.3 Basamentos Legales

La Constitución Nacional establece y garantiza en su artículo 115 el derecho a

la propiedad y, ese derecho, queda ratificado en el Código Civil Venezolano en sus

artículos 545 y 547 pero que, a su vez esa propiedad, está supeditada a las leyes

especiales de acuerdo a la necesidad del interés colectivo. No obstante, el derecho a

la propiedad garantiza el goce y disfrute de la cosa pudiendo enajenarse, traspasarse

o cederse, siempre y cuando cumpla con los requisitos de ley. Sólo por causa de

Page 24: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa

indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes. De

la Competencia del Poder Público Nacional. Artículo 156. Es de la competencia

del Poder Público Nacional: Ordinal 32. La legislación en materia de derechos,

deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, de procedimientos y

de derecho internacional privado; la de elecciones; la de expropiación por causa de

utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual, artística e

industrial; la del patrimonio cultural y arqueológico; la agraria; la de inmigración y

poblamiento; la de pueblos indígenas y territorios ocupados por ellos; la del trabajo,

previsión y seguridad sociales; la de sanidad animal y vegetal; la de notarías y

registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas

en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público

Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del Estado; y la relativa a todas

las materias de la competencia nacional.

Artículo 236 °. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de

la República: Ordinal 2. Dirigir la acción del Gobierno. Ordinal 11. Administrar la

Hacienda Pública Nacional. Código Civil de Venezuela. Artículo 545. La propiedad

es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva. El producto

o valor del trabajo o industria lícitos, así como las producciones del ingenio o del

talento de cualquiera persona, son propiedad suya, y se rigen por las leyes relativas a

la propiedad en general y las especiales sobre estas materias.

Artículo 547. Nadie puede ser obligado a ceder su propiedad, ni a permitir que

otros hagan uso de ella, sino por causa de utilidad pública o social, mediante juicio

contradictorio e indemnización previa. Las reglas relativas a la expropiación por

causa de utilidad pública o social se determinan por leyes especiales. Artículo 549.

La propiedad del suelo lleva consigo la de la superficie y de todo cuanto se encuentre

encima o debajo de ella, salvo lo dispuesto en las leyes especiales.

Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social A nivel legal el

régimen jurídico de la expropiación es regulada en Venezuela por la Ley de

Page 25: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social publicada en la Gaceta Oficial

de la República N° 37.745 del 1 de julio de 2002 (LECUPS), la cual derogó la Ley

de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social del 4 de noviembre de 1947

publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 22.458 del 6 de

noviembre de 1947.

Dicha Ley, la (LECUPS), tal y como se lo establece en su artículo 1, tiene por

objeto regular la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social,

de los derechos y bienes pertenecientes a los particulares que sean necesarios para

lograr la satisfacción del bien común. Esta Ley de Expropiación de 2002 (LEXP)

estableció los lineamientos procedimentales que deberán seguirse para proceder a la

expropiación forzosa de los derechos y bienes particulares, los cuáles que serán

objeto de desarrollo en el presente estudio.

Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, Artículo 34. Con el objeto de establecer

las bases del desarrollo rural, el Instituto Nacional de Tierras adoptará las medidas

que estime pertinentes para la transformación de todas las tierras con vocación de uso

agrario en unidades económicas productivas; en cumplimientos de este mandato,

podrá rescatar toda tierra de su propiedad que se encuentre ociosa o inculta.

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regulación Integral de

la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos. Artículo 5. Se

declara de utilidad pública e interés social, las tierras urbanas o periurbanas ubicadas

dentro de las poligonales que definen los asentamientos urbanos consolidados, de

conformidad con lo establecido en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de

Ley.

Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria, Orden público, utilidad pública e

interés social Artículo 3º. Las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y

Fuerza de Ley Orgánica son de orden público. Se declaran de utilidad pública e

interés social, los bienes que aseguren la disponibilidad y acceso oportuno a los

alimentos, de calidad y en cantidad suficiente a la población, así como las

infraestructuras necesarias con las cuales se desarrollan dichas actividades.

Page 26: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

El Ejecutivo Nacional, cuando existan motivos de seguridad agroalimentaria

podrá decretar la adquisición forzosa, mediante justa indemnización y pago

oportuno, de la totalidad de un bien o de varios bienes necesarios para la ejecución

de obras o el desarrollo de actividades de producción, intercambio, distribución y

almacenamiento de alimentos.

Ley Orgánica que reserva al Estado bienes y servicios conexos a las

actividades primarias de hidrocarburos Artículo 6. El Ejecutivo Nacional, podrá

decretar la expropiación, total o parcial de las acciones o bienes de las empresas que

realizan los servicios referidos en los artículos que anteceden, de conformidad con lo

previsto en la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social. El ente

expropiante será Petróleos de Venezuela S.A., o la filial que ésta designe.

Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos. Artículo

7. Se declaran y por lo tanto son de utilidad pública e interés social, todos los bienes

y servicios requeridos para desarrollar las actividades de producción, fabricación,

importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y

prestación de servicios.

El Ejecutivo Nacional puede iniciar el procedimiento expropiatorio cuando se

hayan cometido ilícitos económicos y administrativos y, de igual forma, podrá

adoptar medida de ocupación temporal e incautación de bienes mientras dure el

procedimiento expropiatorio, la cual se materializará mediante la posesión inmediata,

puesta en operatividad, administración y el aprovechamiento del establecimiento,

local, bienes, instalaciones, transporte, distribución y servicios por parte del órgano o

ente competente del Ejecutivo Nacional, a objeto de garantizar la disposición de

dichos bienes y servicios por parte de la colectividad.

El órgano o ente ocupante deberá procurar la continuidad de la prestación del

servicio o de las fases de la cadena de producción, distribución y consumo, de los

bienes que corresponda. En los casos de expropiación, de acuerdo a lo previsto en

este artículo, se podrá compensar y disminuir del monto de la indemnización lo

Page 27: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

correspondiente a multas, sanciones y daños causados, sin perjuicio de lo que

establezcan otras leyes.

Ley de Sistema de Transporte Ferroviario. Artículo 16. Las empresas

ferroviarias tratarán directamente con los propietarios la adquisición de los bienes y

derechos requeridos para la realización de las obras necesarias para la 31 prestación

del servicio de transporte público. Si no hubiere acuerdo, se actuará conforme al

procedimiento expropiatorio previsto en la Ley de Expropiación por Causa de

Utilidad Pública o Social.

Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural. Artículo 3º. Cuando la

preservación de bienes que integren el Patrimonio Cultural de la República, implique

una limitación que desnaturalice los atributos del derecho de propiedad, su titular

podrá reclamar al Estado la indemnización correspondiente. En estos casos, a los

efectos de determinar la indemnización, se seguirán los criterios establecidos en la

Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Interés Social.

Ley de Orgánica de Ordenación del Territorio, Artículo 64. Cuando la

ejecución de los planes de ordenación del territorio implique la extinción del derecho

de propiedad, las autoridades respectivas competentes deberán proceder a decretar la

expropiación conforme a la ley especial.

3.4 Definición de Términos Básicos

Avalúo: Es la estimación del valor comercial de un inmueble o artículo reflejado en

cifras monetarias por medio de un dictamen técnico imparcial, a través de sus

características físicas, de uso, de investigación y el análisis de mercado, tomando en

cuenta las condiciones físicas y urbanas del inmueble.

Declaratoria de Utilidad Pública: (Artículo 13 Ley Expropiación) La Asamblea

Nacional y, en su receso, la Comisión Delegada declarará que una obra es de utilidad

pública, siempre que en todo o en parte haya de ejecutarse con fondos nacionales, o

se le considere de utilidad nacional. De igual modo procederán los Consejos

Legislativos de los estados, cuando se trate de obras que correspondan a la

Page 28: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

administración de éstos. En los municipios la declaratoria de utilidad pública o social

es siempre atribución del respectivo Concejo Municipal. El Ejecutivo Nacional

queda facultado para decretar de utilidad pública la posesión de aquellos terrenos y

construcciones que considere esenciales para la seguridad o defensa de la Nación. En

tales casos, el Ejecutivo Nacional dispondrá que se siga el procedimiento de

expropiación establecido en la presente Ley.

El Sistema de Coordenadas Universal Transversal de Mercator (en inglés

Universal Transverse Mercator, UTM): Es un sistema de coordenadas basado en la

proyección cartográfica transversa de Mercator, que se construye como la proyección

de Mercator normal, pero en vez de hacerla tangente al Ecuador, se la hace tangente

a un meridiano. A diferencia del sistema de coordenadas geográficas, expresadas en

longitud y latitud, las magnitudes en el sistema UTM se expresan en metros

únicamente al nivel del mar, que es la base de la proyección del elipsoide de

referencia.

Expropiación: es una institución de Derecho Público que consiste en la transferencia

coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado, mediante indemnización.

IFE: El Instituto de Ferrocarriles del Estado es una empresa estatal de Venezuela que

se encarga de la gestión de los servicios de ferrocarril para carga de materiales y

transporte de pasajeros.

Información Operativa: Es la información generada por el personal operativo para

realizar las operaciones que mantienen en funcionamiento el negocio.

Justiprecio: Es una tasación o valoración de una cosa, generalmente efectuada por

peritos. El justiprecio es indispensable para diversos actos jurídicos: sucesiones,

dotes, división de la cosa común, pagos de medianerías, expropiación forzosa entre

otros.

Perito: Es el experto en una determinada materia que, gracias a sus conocimientos,

actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos.

Page 29: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Plan: Es la descripción de algún proyecto o programa que luego será sujeto a una

evaluación.

Plano: Un plano es un levantamiento de terreno que identifica las líneas divisorias de

una propiedad y cualquier línea de servicios, zonas de inundación, caminos, derecho

a acceso, otros.

Planificación: Es el proceso que se sigue para determinar en forma exacta lo que la

organización hará para alcanzar sus objetivos.

Poligonal: Es una sucesión de líneas quebradas, conectadas entre sí en los vértices.

es uno de los procedimientos topográficos más comunes. Se usan generalmente para

establecer puntos de control y puntos de apoyo para el levantamiento de detalles y

elaboración de planos, para el replanteo de proyectos y para el control de ejecución

de obras.

Políticas: Son los medios por los cuales se logran los objetivos anuales, son guías

para la toma de decisiones, de una empresa, con la finalidad de tener un orden y un

control en las actividades que se dan dentro de la misma.

Prima Facie: Locución latina de uso frecuente en las actuaciones judiciales, que

quiere decir a primera vista o en principio, con lo que se da a entender la apariencia

de un derecho o de una situación, pero sin que con ello se prejuzgue el asunto.

Propiedad Privada: Hace referencia al poder jurídico de una persona sobre una

cosa.

Sistema de Coordenadas UTM: Es una forma de ubicarse, es decir; para dibujar la

tierra como un plano (que no lo es) mercator pone un cilindro cuyo eje va de un lado

al otro del ecuador de la tierra, pero como en los costados se distorsionaría mucho lo

hace girar, así se tienen las zonas mercator, es decir, imagínate pelar una naranja por

cada una de sus rodajas, bien, ya lo tienes plano, ahora como esta en el plano le das

coordenadas x e y, sólo queda darle altura, y así ha usado las coordenadas UTM.

Toma de decisiones: Todos los integrantes de una institución tienen que tomar

decisiones constantemente. Estas van desde la decisión elemental que un infante

Page 30: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

toma cuando decide retirar la mano de una tina de agua caliente, hasta las decisiones

sumamente importantes que se toman al negociar acuerdos entre empresas.

Utilidad Pública o Social: Es la única justificación para que el estado afecte la

propiedad de un particular.

Yermos: Inhabitado, Incultivado.

Page 31: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

CAPÍTULO IV

FASES METODOLÓGICAS

4.1 Tipo de Investigación

Para Méndez (2004), el estudio descriptivo es la investigación en ciencias

sociales que se ocupa de la descripción de las características que identifican los

diferentes elementos y componentes, y su interrelación. Por esto el estudio

descriptivo tiene como propósito la delimitación de los hechos que conforman el

problema de investigación.

Por lo que antecede es que este estudio puede: Establecer las características de

los procedimientos expropiatorios y de la expropiación en general. Establecer

comportamientos concretos de las instituciones públicas y privadas frente a la figura

jurídica de la expropiación a través de los diferentes diarios nacionales.

Establecer las ventajas y desventajas de la expropiación y sus diferentes aspectos de

seguridad. Identificar las diferentes posturas que tienen los autores venezolanos y

extranjeros sobre la figura de la expropiación. Descubrir y comprobar las semejanzas

que tienen los autores venezolanos y extranjeros sobre el tema de la expropiación.

Por lo anteriormente descrito es que el estudio de investigación es descriptivo

ya que le permite el alcancé del objetivo general y los objetivos específicos. Pero no

es menos cierto que el diseño de la investigación según Fideas Arias (2004) es la

estrategia general que adopta el investigador para responder al problema planteado

Por consiguiente esta investigación adopta el diseño bibliográfico documental; ya

que es un proceso basado en la búsqueda, recuperación, análisis, crítica e

interpretación de datos secundarios, obtenidos y registrados por otros investigadores

Page 32: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

sobre la figura jurídica de la expropiación por causa de utilidad pública e interés

social.

Siguiendo a Nava (2004), la presente investigación se inscribe en los términos

de un estudio de segundo nivel, específicamente de características descriptivas. Para

la autora, la investigación descriptiva ocupa un segundo escalafón dentro de los

estudios científicos, puesto que: El objetivo principal es señalar en forma rigurosa y

sistemática las características, funciones, frecuencia, relaciones de asociación de

determinado fenómeno o hecho, a nivel interno o externo, por cuanto comprende,

además de la descripción señalada, el registro, análisis e interpretación de la

naturaleza actual y composición o procesos, relaciones internas y externas de los

hechos o fenómenos objeto de estudio.

Dentro de tal contexto, la investigación documental es aquella que se

fundamenta en la obtención de las informaciones necesarias a la sustentación de los

supuestos teóricos y objeto de estudio, por intermedio de fuentes documentales; es

decir, de formas escritas de comunicación del conocimiento. La manifestación escrita

de los contenidos que sirven para el análisis, estudio y verificaciones que la

investigación pretende, se patentiza de manera muy particular en la investigación

jurídica; que encuentra en la ley, doctrina y jurisprudencia, una pacífica explanación

de las ideas por medio del lenguaje escrito. Es por su carácter jurídico (en virtud de

las fuentes que servirán a la recolección de la información), que el presente estudio

es de tipo documental.

Autores como Chávez (2000), describen los estudios documentales como

aquellos “que se realizan sobre la base de documentos o revisión bibliográfica”.

Según Sabino (2000), las investigaciones documentales posibilitan al investigador

cubrir una amplia gama de fenómenos, ya que no sólo se basan en los hechos a los

cuales el mismo tiene acceso sino que pueden extenderse para abarcar una

experiencia inmensamente mayor que le proporcionan, todos aquellos que han tenido

intervención en el problema o contacto con el mismo y han plasmado en textos sus

análisis o experiencias.

Page 33: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

En igual orden de ideas, Chávez (2000), analiza el modo como el estudio

documental se encuentra hermanado con la naturaleza “cualitativa” de las

investigaciones, pues el razonamiento sobre el que versa en nada respecta a lo

numérico; sino por el contrario a hechos y fenómenos generales de tipo social que

imponen más bien un examen mesurado sobre todos los agentes intervinientes en el

mismo.

En este mismo orden, y para definir la tipología de la que se reviste la

investigación en desarrollo, es preciso señalar como el carácter documental se

relaciona al descriptivo, siendo ésta una indagación de tipo documental y descriptiva.

El último de estos caracteres viene dado por las expectativas de la

investigación descriptiva, sobre la observación del comportamiento de los fenómenos

que son objeto de estudio desde una óptica objetiva y exhaustiva; a partir de la cual

procura Desentrañar sus manifestaciones e implicaciones, es decir, su ser

característico.

Según Finol y Nava (1996), la investigación documental es: (…) un proceso

sistemático de búsqueda, selección, lectura, registro, organización, descripción,

análisis e interpretación de datos extraídos de fuentes documentales existentes en

torno a un problema, con el fin de encontrar respuesta a interrogantes planteadas en

cualquier área del conocimiento humano.

Dado que la investigadora operará respecto del estudio, con base en aportes

documentales conseguidos en la doctrina, legislación y jurisprudencia, la producción

científica que obtenga será contextualizada en la documentación ya existente

pudiendo convertirse los resultados en una ampliación de las perspectivas existentes

acerca del problema abordado.

El tipo de investigación que se adelanta es documental y descriptiva, puesto

que a partir de la observación de documentos la investigadora desarrollará la

recolección de información y posterior análisis del objeto de estudio; teniendo

basamento y sustentación sólida, en el aporte de la ley, la doctrina y la

jurisprudencia; fuentes que posibilitan una examinación sistemática.

Page 34: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Así mismo, su atributo descriptivo es valorado por Nava (2004), del modo

siguiente: El objetivo principal es señalar en forma rigurosa y sistemática las

características, funciones, frecuencia, relaciones de asociación de determinado

fenómeno o hecho, a nivel interno o externo, por cuanto comprende, además de la

descripción señalada, el registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual y

composición o procesos, relaciones internas y externas de los hechos o fenómenos

objeto de estudio.

En igual sentido Chávez (1994), entiende a la investigación descriptiva como

aquella orientada a recolectar información relacionada con el estado real de las

personas, objetos, situaciones o fenómenos, tal como se presentan en el momento de

la recolección; descripción que ocurre objetivamente sin realizar a priori

interferencias ni verificar hipótesis. De allí que la investigación descriptiva aspira la

observación del comportamiento de los fenómenos que son objeto de estudio, desde

una óptica objetiva y exhaustiva; a partir de la cual procura desentrañar sus

manifestaciones e implicaciones, armonizando el problema observado con las

significaciones que la teoría da al mismo y a sus elementos.

4.2 Diseño de la Investigación

Según Arias (1999), “el diseño de investigación es la estrategia que adopta el

investigador para responder el problema planteado”, Hernández y Col (2003),

coinciden con este planteamiento al expresar que “el diseño señala al investigador lo

que debe hacer para alcanzar sus objetivos de estudio, y para contestar las

interrogantes de conocimiento que se han planteado”.

Tamayo y Tamayo (2001), conceptúan el diseño de la investigación, como el

planteamiento de una serie de actividades sucesivas y organizadas que se adaptan a

las particularidades de cada modalidad de investigación, para indicar los pasos y

pruebas a efectuar, así como, las técnicas para la recolección y análisis de los datos

necesarios al objeto de estudio. Según Arias (1999), “el diseño de investigación es la

estrategia que adopta el investigador para responder al problema planteado”.

Page 35: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Hernández y Col. (2003), coinciden con este planteamiento al expresar como

“el diseño señala al investigador lo que debe hacer para alcanzar sus objetivos de

estudio, y para contestar las interrogantes de conocimiento que se han planteado”. En

tal sentido, el diseño de investigación que metodológicamente se compagina a las

pretensiones del estudio en desarrollo, es uno bibliográfico, hecho que responde a la

relación instrumental que existe entre un tipo de investigación documental y el

empleo sistemático y razonado de bibliografía como fuente indispensable de

información. Diseño bibliográfico quiere decir entonces, la instrumentación de

fuentes de información escritas representadas en bibliografía, como medio para la

adquisición de las informaciones necesarias, al análisis que permita la consecución

de los objetivos del estudio.

Por su parte Sabino (2000), entiende al diseño bibliográfico como aquel que

“se refiere a que los datos e informaciones a emplear, a fin de lograr los objetivos

planteados en los mismos, proceden de documentos escritos recolectados en otras

fuentes”. Del mismo modo Bavaresco (1997), explica como el diseño bibliográfico

consiste en una estrategia de investigación, cuya fuente principal de datos está

constituida por documentos escritos, seleccionados por el investigador, de acuerdo a

la pertinencia del estudio que realiza.

Otra característica propia del diseño de investigación seleccionado, consiste en

lo que Hernández (2003), define como no experimentalidad del estudio, y que se

representa en el hecho, de un investigador no interventor del conocimiento plasmado

en las fuentes de información (no lo confronta de modo práctico dentro de un

contexto vivencial); sino que por el contrario, contextualiza y aprecia las

informaciones arrojadas por las fuentes de información en virtud del entorno en que

ha desarrollado su estudio, siendo el eje de su tarea la observación documental y el

análisis, más no así la manipulación del conocimiento, que viene de la mano de la

experimentación.

En el marco del presente estudio, la investigadora procederá a observar las

fuentes bibliográficas y documentales en general, analizando el contenido de las

Page 36: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

mismas según los objetivos pautados; más, las afirmaciones conseguidas serán

valoradas como fiables por su carácter científico en el plano teórico, sin reiteraciones

prácticas o experimentales en el proceso laboral.

Otro atributo del diseño de la investigación que se presenta, es su

transeccionalidad. Respecto de dicha condición señala Balestrini (2002), como los

diseños transeccionales son aquellos donde “la recolección de los datos se efectúa

solo una vez y en un tiempo único”. es así que siguiendo el procedimiento diseñado

para el estudio, la observación de las fuentes se concreta en el momento preciso de

construcción de las bases teóricas de la investigación (Capitulo II).

4.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos

Respecto de la especialidad sobre la técnica de recolección de datos referida a

estudios jurídico-documentales, como es la presente, Nava (2007) expresa: “Para la

investigación jurídica…la técnica por excelencia la constituye: La técnica del fichaje

o registro de referencias de autor o documental”, razón por la cual el investigador

empleará el registro de los documentos-fuentes necesarios para el estudio,

referenciando las obras bibliográficas de doctrina administrativa y laboral.

De conformidad con lo señalado, la investigadora procederá a la construcción

de fichas bajo el Sistema Fólder para el acopio de la doctrina y legislación necesaria

para el estudio. El contenido de dichas fichas se fundamentará en la trascripción de

los contenidos, asociados a la identificación del autor y el texto del que provenían los

datos recogidos. La elaboración de las fichas se realizará con empleo de programa

informático de procesamiento de palabras y fueron archivadas conforme a los

avances logrados en la revisión documental.

Aunada a la anterior se encuentra la que Hernández y Col. (2003), denominan

técnica documental, consistente en “una técnica social cuya finalidad es obtener

datos e información a partir de documentos escritos y no escritos, susceptibles de ser

utilizados en concreto”. En identidad de ideas con los autores citados, la

investigadora se vale de la observación del material bibliográfico y documental en

Page 37: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

general cuyos datos sea posible recolectar por medio del empleo de fichas. Ahora

bien, adminiculada a la técnica ya mencionada, se encuentran los métodos para el

examen del contenido, efecto a los cuales se ha de emplear la observación

documental. Hernández (2003), sostiene acerca de la observación documental, su

identidad con el diseño bibliográfico-documental, pues el primero consiste en el

registro sistemático, válido y confiable de comportamientos o conductas manifiestas,

que puedan utilizarse como instrumentos de medición de las realidades y/o

problemas que se estudian.

Así mismo, como método para la recolección de informaciones, comporta

características muy similares al análisis del contenido. La observación se basa en la

determinación del carácter (atinente o no) de los documentos, descartando los no

correspondientes al objeto de estudio y rescatando aquellos cuyo contenido importa a

la materia, reduciendo así a términos manejables el ámbito de los datos.

4.4 Técnicas para el Análisis de la Información

Galtung (1978), define el análisis de contenido como una técnica de

investigación para la descripción objetiva, sistemática y cuantitativa del contendido

manifiesto de la comunicación; al tiempo que Krippendorff (1980), afirma como la

técnica destinada a formular, a partir de ciertos datos, inferencias reproducibles y

válidas puedan aplicarse a un contexto. En correspondencia con lo antes señalado,

dicha técnica, sitúa al investigador respecto de la realidad en una triple perspectiva:

- Los datos tal y como se comunican al analista,

- El contexto de los datos y

- La forma en que el conocimiento del analista obliga a dividir la realidad.

Se tiene entonces, como el análisis de contenido permite una operación

intelectual objetiva, de examen, sobre la información contenida en documentos,

donde se produce la identificación y descripción de los elementos del contenido, el

establecimiento de sus formas, características, significado, implicaciones y

finalmente, la aportación del investigador por medio de la opinión, que su análisis

Page 38: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

genera siempre fundado en las observaciones hechas. En este mismo sentido,

aparecen como tres las tareas principales que implica la técnica de análisis de

contenido, estando estas referidas a las siguientes conductas: La determinación de las

categorías de análisis, el establecimiento de unidades de análisis y la selección de

una muestra a analizar. Las categorías de análisis, se corresponden con los niveles

donde serán caracterizadas las unidades de análisis, es decir, el entorno de contenido

a estudiar (la materia en específico), y las unidades, responden con especificidad a

cada fuente de contenido atinente a la materia.

Por su parte Hernández y Col. (2003), consideran que el análisis de la

información para la investigación documental se denomina “Análisis Descriptivo”, el

cual está basado en la determinación de los factores intervinientes en la investigación

y su descripción analítica, bajo el criterio del autor, que deberá siempre estar

sustentado en fuentes documentales.

Además del trabajo analítico que se realizará, conforme a las indicaciones

hechas, será parte integrante del método para analizar la información recabada, el

que Gadamer (1988), llama método hermenéutico. La hermenéutica se compadece

con una doctrina metódica que se encuentra dirigida, no a un saber teorético, sino a

su uso práctico, específicamente a la aplicación técnica de la interpretación correcta

de un texto.

Para Jánez (1996), el método hermenéutico es aplicable a las ciencias humanas

y científicas, hace uso de los denominados enunciados cognoscitivos veritativos,

definidos como: Aquellos que en alguna manera, nos (sic) comunican verdad y gozan

de veracidad, han de apoyarse en algún dato o experiencia de lo real, han detener

algún fundamento predicativo controlable. Estos saberes o conocimientos los

distinguimos de las apreciaciones o meras opiniones, por ir acompañadas de algún

grado de objetividad y razón precisa defendibles.

Finalmente, se tiene como el análisis de contenido, se adminicula a las reglas

para el razonamiento, en términos de hermenéutica, de modo tal que el investigador

con base en lo deducido de las fuentes documentales, podrá proceder a

Page 39: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

construir un nuevo conocimiento que actúe, posiblemente como un aporte a la

realidad estudiada.

4.5 Fases Metodológicas

4.5.1 Fase I. Descripción del alcance de la figura de la expropiación por causa de

utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad según la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: En esta fase se realiza el

proceso de conocer e indagar sobre el alcance de la figura de la expropiación por

causa de utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad según la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta determinación se

realizara sobre la base de datos y hechos recopilados para abordar la problemática.

4.5.2 Fase II. Identificación de los aspectos de seguridad jurídica y económica

que tiene el sujeto afectado por la expropiación según la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela: En esta fase segunda fase, se tiene la certeza

de que los sujetos afectados, tienen la garantía de que la constitución de la republica

bolivariana de Venezuela velara por el derecho que tienen sobre la propiedad tanto

en su publicidad como en su aplicación, además de recibir su pago oportuno después

del momento de expropiación.

4.5.3 Fase III. Determinación de las ventajas y desventajas de la expropiación

por causa de utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad en

Venezuela: En esta última fase para poder determinar las ventajas y desventajas de

la expropiación, se realizaron pequeñas encuestas en distintas localidades del área

metropolitana de la ciudad de Valencia, donde se ha llevado a cabo el proceso

administrativo de expropiación por causa de utilidad pública e interés social por parte

del Estado.

Page 40: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

CAPÍTULO V

RESULTADOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Las investigaciones demuestran que en forma constante y progresiva, en el

desarrollo de nuestras vidas se van acumulando y perfeccionando una serie de

conocimientos que formarán parte de nuestro intelecto, proporcionándonos la

sabiduría necesaria para afrontar las diferentes situaciones que se viven a diario. Este

acervo de conocimiento multidisciplinarios nos permite manejarnos dentro de nuestra

sociedad en busca de mayores y efectivas oportunidades.

5.1 Resultados

Fase I. Descripción del alcance de la figura de la expropiación por causa de

utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad según la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: El alcance de la

institución expropiatoria es el interés público en adquirir un bien determinado con

propósitos sociales e integrar de manera armónica el legítimo derecho de propiedad

de los particulares, lo más justo posible ambos elementos, de manera pues que esta

bipolaridad adquiere rango constitucional en nuestro derecho, toda vez que

simultáneamente nuestra constitución garantiza el derecho de propiedad en su

artículo 115, y permite que por causa de utilidad pública o interés social se

expropien toda clase de bienes, previo al cumplimiento a favor del particular de una

serie de garantías, justa indemnización y sentencia firme.

Fase II. Identificación de los aspectos de seguridad jurídica y económica que

tiene el sujeto afectado por la expropiación según la Constitución de la

Page 41: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

República Bolivariana de Venezuela: Los aspectos de seguridad jurídica lo va a

garantizar primeramente nuestra constitución, así como el decreto ley 2021

Declaratoria de Utilidad Pública y la Ley de Expropiación por Causas de Utilidad

Pública o Social, estos instrumentos antes mencionados le van a dar un aval a los

particulares si llegaran a pasar por un proceso administrativo de esa naturaleza

realizado por el estado, los afectados en estos casos tendrán la posibilidad de acceder

a las leyes para que su proceso sea acorde con esa seguridad jurídica y con respecto a

la parte económica tenemos que una vez finalizado el procedimiento administrativo

con el particular y ambas partes quedaron de acuerdo con todo lo que implica la

expropiación como tal, la indemnización del afectado debe ser oportuna, es decir, su

pago debe ser pronto y en dinero, sin mora y no de otra forma de valor que no tenga

circulación como el dinero.

Fase III. Determinación de las ventajas y desventajas de la expropiación por

causa de utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad en

Venezuela:

VENTAJAS DESVENTAJAS

- Una parte de los entrevistados ve las cosas de un punto de vista más positivo, considerando que las expropiaciones controlan los precios de los bienes que poseen los afectados, esto por el sobreprecio que colocan estos propietarios al vender los mimos.

- Se realizaron entrevistas informales en la localidad de Valencia, donde la gran parte de los entrevistados consideran que las expropiaciones que ha realizado el estado venezolano no contiene ninguna ventaja.

- Por otra parte la pregunta fue puntual con respecto a la expropiación y su respuesta contundente fue que las expropiaciones no tienen ventaja alguna.

- Otro grupo de los entrevistados, consideran que las empresas expropiadas pasan al pueblo, hecho

Page 42: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

- positivo para ellos por cuanto en oportunidades se sintieron abusados y rechazados por estas empresas.

- Hubo un grupo que considero que las expropiaciones traen escasez.

- Otro grupo considera que la consecuencia inmediata de las expropiaciones es la falta bienes y servicios.

- Un grupo de personas consideraron que las expropiaciones traen temor al derecho de propiedad.

- Un grupo de entrevistados contestaron que son víctimas de acto administrativo por cuanto consideran que no les pagaron lo justo.

- Ciertos entrevistados consideraron que las empresas expropiadas generaban empleos sin distinción alguna.

5.2 Conclusiones

Fase I. Descripción del alcance de la figura de la expropiación por causa de

utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad según la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: El Instituto de

Ferrocarriles del Estado, está actuando bajo el Marco Legal establecido en nuestra

constitución, ya que, existe una Declaratoria de Utilidad Pública, emanada por parte

del Poder Ejecutivo, con miras a satisfacer las necesidades de un colectivo,

apoyándose de igual forma en lo establecido en la Ley de Expropiación por Causa de

Utilidad Pública o Social.

Fase II. Identificación de los aspectos de seguridad jurídica y económica que

tiene el sujeto afectado por la expropiación según la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela: Queda totalmente claro que tanto los

particulares como el estado, tienen una base constitucional para realizar actos

administrativos de esta naturaleza, unos por obtener bienes que pueden traer

Page 43: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

beneficios a una colectividad y otros por recibir un pago justo en función de los

bienes que fueron expropiados para que posteriormente puedan obtener otros

similares o iguales pero de igual proporción pecuniaria que el anterior.

Fase III. Determinación de las ventajas y desventajas de la expropiación por

causa de utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad en

Venezuela: Dentro del proceso expropiatorio establecido en nuestra constitución y

en la Ley de Expropiaciones por Causa de utilidad Pública o Social, utilizado por el

Instituto de Ferrocarriles del Estado, a pesar de que existen ventajas y desventajas, es

conveniente dirigir todos los esfuerzos necesarios para que el Proceso Expropiatorio

sea definido como un Arreglo Amigable, según lo estable su articulo 22, y, teniendo

en cuenta que cada caso debe ser visto de manera independiente, es la mejor opción y

le proporcionara al Estado mayor rentabilidad de tiempo y dinero, ya que, se

evitarían juicios en los tribunales competente que retardarían la evolución del

desarrollo del Sistema Ferroviario Venezolano, llevado a cabo por el IFE.

5.3 Recomendaciones

Fase I. Descripción del alcance de la figura de la expropiación por causa de

utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad según la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Se hace necesario que el

Instituto de Ferrocarriles del Estado, cree mecanismos de difusión masiva de

información, en cuanto al alcance de la expropiación por causa de utilidad pública e

interés social, donde se detallen sus objetivos, metas, y procedimientos, con la

finalidad de minimizar el impacto que se crea en el afectado, logrando que el Estado

ahorre tiempo y dinero en cuanto a ese proceso administrativo.

Fase II. Identificación de los aspectos de seguridad jurídica y económica que

tiene el sujeto afectado por la expropiación según la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela: Es importante que el IFE conjuntamente con

el estado, haga llegar a través de programas o campañas, información relevante con

respecto a este proceso de expropiación, tomando en cuenta el desconocimiento que

Page 44: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

tienen los afectados, en su mayoría personas de bajos recursos, que tengan la certeza

de que si tienen una seguridad jurídica y de que económicamente si va ser resarcido

una vez expropiado su bien.

Fase III. Determinación de las ventajas y desventajas de la expropiación por

causa de utilidad pública e interés social en el derecho de propiedad en

Venezuela: Se recomienda crear un mecanismo o herramienta tecnológica basada en

la Internet que ofrezca información fidedigna, rápida y precisa permitiendo a los

afectados manejar datos e información de cada caso en particular. Obteniendo con

esto interacción inmediata con cada afectado creando indicadores de gestión que

optimizarían la ejecución del Plan Ferroviario Nacional establecido por el Estado

Venezolano.

Page 45: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Alcalá g. (2005). Miedo a ser expropiado. Disponible en: http://acienpol.org.ve/cmacienpol/Resources/ArchivosCIJ/0001.pdf.

Balestrini, M. (2001). Como se Elabora un Proyecto de Investigación. (6ta ed.).

Caracas, Venezuela: Consultores Asociados. Badell (2002). Disponible en: http://www.badellgrau.com/?pag=51&ct=1026. Borges (2006). Por qué a través de mi terreno?

https://www.google.com/search?q=Diccionario+de+la+Real+Academia+Espa%C3%B1ola&gws_rd=ssl/

Brewer, A. (1966). Expropiación por causa de utilidad pública o interés social. (2da.

ed.). Caracas, Venezuela: Venegrafica. Calvo, E. (1982). Código Civil Venezolano de 1982 comentado y concordado.

Caracas, Venezuela: Ediciones Libra. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial Nº

5.453 del 24 de marzo del año 2000. Caracas, Venezuela. Código de Procedimiento Civil. Gaceta Oficial N0 39.264, del 15 de Septiembre de

2009. Decreto ley 2191 Declaratoria de Utilidad Pública. Caracas, Venezuela. Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos. Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 40.340, del 23 de Enero de 2014.

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regulación Integral de la

Tenencia de la Tierra de los Asentamientos Urbanos o Periurbanos González (2006). Expropiación. Disponible en: http://dayana-

iris.blogspot.com/2009_03_01_archive.html.

Page 46: ANALISIS JURIDICO DE LA EXPROPIACION · restricciones y limitaciones que imponga la ley con fines de utilidad pública o interés social, debido al surgimiento del Estado de derecho

Ley de Expropiación por Causas de Utilidad Pública o Social (2002). Gaceta Oficial

de la República Bolivariana de Venezuela N0 37.475 del 01 de Julio de 2002. López-Muñiz Goñi (2000). Expropiación forzosa: el justiprecio: guía práctica y

jurisprudencia. (2da. Ed.). México: Ilustrada, Editor: Colex 2000. Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria, Orden público, Utilidad pública e interés

social. Ley Orgánica que reserva al Estado bienes y servicios conexos a las actividades

primarias de hidrocarburos, gaceta oficial N0 39.173 del 7 de Mayo de 2009 Ley de Sistema de Transporte Ferroviario Nacional, decreto N0 6.069 del 14 de Mayo

de 2008 Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, gaceta oficial de la republica

de Venezuela, Caracas, viernes 03 de octubre de 1993, N0 4.623 extraordinario.

Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, gaceta oficial extraordinaria N0 5.991 del 29 de

Julio de 2010. Socorro y Loiza (2001). Disponible en:

http://www.buenastareas.com/materias/ejercicios-de-administraci%C3%B3n-de-proyectos-iula/80.