Actualización Regulatoria RSA 28 OCTUBRE TALCA (1)

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ACTUALIZACIÓN REGULATORIA REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS (D.S. Nº 977/96 MINSAL) (28 DE OCTUBRE 2013)

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Actualización regulatoria RSA 28

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ACTUALIZACIÓN REGULATORIA

REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS (D.S. Nº 977/96 MINSAL)

(28 DE OCTUBRE 2013)

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D.S. Nº 71/2010 MINSAL Rotulación grasas, edulcorantes no nutritivos 23/08/2012

D.S. Nº 11/2011 MINSAL Mayonesa 29/01/2012

D.S. Nº 24/2011 MINSAL D.S. Nº 18/2013 MINSALRegímenes especiales Aceite de palta24/11/2012 05/01/2014

D.S. Nº 88/2010 MINSAL Descriptores y Alérgenos D.S. Nº 21/2013 MINSAL18/10/2013 Microbiología vegetales pre-elaborados

D.S. Nº 14/2011 MINSAL 05/10/2013ENOA, azúcares totales, libre de grasa total18/10/2013 D.S. Nº 22/2013 MINSAL

D.S. Nº 4/2012 MINSAL MicotoxinasRotulación de productos alimenticios importados, 05/10/201408/07/2013

D.S. Nº 32/2012 MINSALEstimulantes y fruitivos26/01/2015

D.S. Nº 11/2013 MINSALAditivos06/08/2013

ÚLTIMAS MODIFICACIONES PUBLICADAS (2011-2012-2013)

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D.S. Nº 71/2010 MINSAL (entrada en vigor 23 de agosto 2012)

Rotulación de aceites: art. 250 RSA

Para efectos de rotulación de los aceites, mantecas y grasas comestibles como alimentos o ingredientes alimenticios, será obligatoria la individualización del fruto, semilla o especie animal de que provienen tales productos y/o ingredientes.

Se deberá declarar si los aceites, mantecas y grasas comestibles se sometieron a proceso de hidrogenación total o parcial y/o interesterificación y/o fraccionamiento

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D.S. Nº 11/2011 MINSAL (plena entrada en vigencia 29/01/2012)

Mayonesas: arts. 450 y 451 RSA

Agrégase al art. 450: “En los locales de atención de público que ofrezcan o incluyan

mayonesa en alimentos, la mayonesa sólo se podrá elaborar a base de huevos pasteurizados, líquidos, congelados o deshidratados que cumplan con las especificaciones microbiológicas del artículo 173 del presente reglamento o estar lista para el consumo procedente de fábricas autorizadas.”

Reemplázase art. 451:“Aderezos para ensaladas (salad dressings) son las emulsiones en las cuales el aceite comestible se encuentra finalmente disperso en un medio acuoso que puede contener uno o más de los siguientes ingredientes: sal, azúcares, vinagre, especias, huevo y/o derivados lácteos y aditivos autorizados. En caso de incluir huevo, deberá cumplirse con lo establecido en el artículo precedente”.

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D.S. Nº 24/2011 MINSALRegímenes especialesEN VIGENCIA 24/11/2012

MODIFICA TODO EL TÍTULO XXVIIIARTÍCULOS 488 A 533:- Disposiciones generales- Fórmulas para lactantes- Alimentos infantiles

- Alimentos de uso médico- Regímenes exentos de gluten- Regímenes de control de peso

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D.S. Nº 88/2010 MINSAL ALERGENOS + DESCRIPTORES(entrada en vigencia 6 enero 2013 + 12 meses), + PRÓRROGA HASTA 18/10/2013:modifica artículos 106, 107, 110. 112, 115, y 120 RSA

Definiciones (hipersensibilidad alimentaria, alimento de referencia) Rotulación de alergenos Elimina obligación de traducir todo el etiquetado en los importados Ausencia de nutrientes, factores alimentarios o ingredientes, natural o normal, en

términos genéricos Ingredientes caracterizante no aplicable a ingredientes sujetos a descriptor o

mensaje saludable u otros criterios específicos de rotulación “aprox.” obligatorio a la unidad superior y facultativo a la inferior Descriptores:

- Legitima uso de “Light”, sinónimos y otros términos asociables a características nutricionales, bajo condiciones (uso descriptor y relación de tamaño)- Incorpora sinónimos a descriptores (lista cerrada) y fusiona reducido y liviano- Permite informar valores absolutos por porción acompañando a los descriptores

bajo aporte y reducido- Permite informar el porcentaje de reducción- Modifica algunos parámetros y acota algunos factores- Reestructura el artículo 120 RSA en torno a los factores y no al descriptor- Añade factores: PROTEÍNAS, OMEGA 3 DE CADENA LARGA (SÓLO DHA/EPA)

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Optimización Etiquetado Nutricional: DS 14/2011, MINSAL(DO 18/10/11, en vigencia el 18/10/2013)

Legibilidad (formato, tamaño, contraste, tipo de letra)

Azúcares totales Descriptor “libre de grasa total”

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ROTULACIÓN PRODS. IMPORTADOS/RASTREABILIDAD: DS 4/2012, MINSAL(DO 09/01/13, en vigencia el 08/07/2013)

Artículo 107, letra c: “En el caso de los alimentos nacionales, nombre o razón

social y domicilio del fabricante, elaborador, procesador, envasador o distribuidor;”

Artículo 107, letra m: “En el caso de los productos importados, el nombre y

domicilio del importador.”

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Trazabilidad:Artículo 66: “Deberán existir registros de producción, distribución y control de los alimentos y materias

primas y conservarse como mínimo durante 90 días posteriores a la fecha de vencimiento o plazo de duración del producto. Los alimentos de duración indefinida deberán mantener el registro, al menos, durante tres años.En el registro deberá identificarse la procedencia del alimento y/o materia prima (una etapa anterior) y el destino del producto (una etapa posterior).”

Artículo 107, letra m):

El importador estará obligado a MANTENER UN REGISTRO de todas las partidas internadas al país, por un plazo mínimo de 90 días posteriores a la fecha de vencimiento o del plazo de duración del producto, según corresponda. Los alimentos de duración indefinida deberán mantener el registro, al menos, durante tres años. Este registro deberá incluir los antecedentes de la destinación aduanera, los antecedentes sanitarios del producto, la autorización de uso y consumo, las claves de los lotes de producción o fechas de elaboración, la fecha de vencimiento, el país de origen, tipo de producto, la marca comercial, el nombre del proveedor extranjero y estará en todo momento a disposición de la autoridad sanitaria.La CLAVE DEL LOTE o la FECHA DE ELABORACIÓN además deberá, estar estampada en el envase y deberá permitir distinguir inequívocamente las distintas partidas olotes de producción.

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ESTIMULANTES Y FRUITIVOS: DS 32/2012, MINSAL(DO 26/01/13, en vigencia el 26/01/2015)

Modifica artículos 452, 453, 454, 456, 458 y 464

Afecta a té, café, hierbas aromáticaspara infusión o reconstituidos

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DS 11/2013 MINSAL: ADITIVOS(DO 6/8/13, en vigencia el 6/8/2013)

Modifica artículos 147 y 154 Agrega 2 aditivos: - Sales de amonio del ácido fosfatídico (SIN

442) - Etil-lauroil arginato (SIN 243)

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DS 18/2013 MINSAL: ACEITES Y GRASAS(DO 5/10/13, en vigencia el 5/1/2014)

Modifica artículos 248 y Tabla I Título X - Exceptúa de parámetro acidez libre al aceite

de oliva y manteca de cacao, acidez máxima expresada en ácido oleico 2,0%; aceite de palta máxima 1,0%; manteca de cerdo y grasa bovina máximo 0,8%

- Agrega constantes físico-químicas y composición de ácidos grasos del aceite de palta

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DS 21/2013 MINSAL: MICROBIOLOGÍA VEGETALES PREELABORADOS(DO 5/10/13, en vigencia el 5/10/2013)

Reemplaza tablas 14.2 y 14.3 artículo 173

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DS 22/2013 MINSAL: MICOTOXINAS(DO 5/10/13, en vigencia el 5/10/2014)

Reemplaza artículo 169 RSA:

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MUCHAS GRACIAS!

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PURIFICACIÓN PÉREZ [email protected] BULNES 377, OFICINA 407. SANTIAGOTLFNOS. 26966044/ 08-817544